El autor se encarga de aclarar preliminarmente el concepto de la función precautelar dentro del proceso judicial. Señala que la misma sirve para prevenir y disponer los medios necesarios para evitar o impedir un riesgo o peligro resultando más amplio que las medidas cautelares que prevén las consecuencias de determinado fin. Se encarga de la tutela de anticipación y el proceso urgente frente a perjuicios inminentes e irreparables valiéndose de medidas cautelares tradicionales, cautelares genéricas, innovativas, procesos cautelares, tutela de anticipación, procesos o resoluciones urgentes y todos aquellos instrumentos que se pongan a disposición de la función precautelar.
Cada uno de estos elementos ha sido desarrollado por Ramírez a partir de la normativa vigente a la que adiciona comentarios de legislación comparada y antecedentes de congresos internacionales sobre la temática sin dejar de lado el comentario de los fallos más significativos de reciente data.