La inclusión en la Constitución Política de 1991 de derechos e intereses colectivos, abre un campo de acción en materia de interpretación constitucional en Colombia. Este desarrollo jurisprudencial debe estar guiado fundamentalmente por las sentencias de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, quienes se encargan de dotar de contenido a esta institución jurídica. Las altas cortes, con base en la carta rectora y especialmente en los principios y valores consagrados en ella, lo mismo que en la necesidad de ajustar los parámetros legales a las circunstancias políticas, sociales y económicas del país, pueden articular dos instituciones jurídicas, que en principio no se observan articuladas, como son la denominada patrimonio público y la moralidad administrativa, que posibilitan una línea de investigación con alcance teórico y práctico en el orden jurídico colombiano.