No cabe duda de que la crisis o la dificultad de las empresas admitirse como una posibilidad dentro del desarrollo común del tráfico mercantil. Por lo que casi desde su constitución o el inicio de una empresa surge la posibilidad de fracasar en los negocios, por causas exógenas o endógenas. La bancarota o insolvencia patrimonial, se constituye en una situación juridica que le impide al empresario cumplir cabalmente con sus obligaciones.
Es precisamente en la Edad Media donde se acuña el término quebrado o bancarota del latin 'bancus ruptus' en 1229; el Colombia la primera gran quiebra se produjo el 31 de diciembre de 1841, cuando se conoció la crisis financiera del grupo encabezado por el señor Tadeo Landinez.
Estas situaciones han llevado a que los Estados se preocupen por reglamentar un procedimiento que le permita a un empresario liquidar de manera ordenada sus negocios y satisfacer con su patrimonio a sus acreedores.
En Colombia, en la actualidad, rigen dos normas: una para las personas jurídicas y naturales comerciantes y otra para las personas naturales no comerciantes. (El sistema financiero y las entidades afines tienen otra reglamentación).
En el primer caso, rigela Ley 1116 de 2006 que tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos de reorganización, siempre bajo el criterio de agregación de valor, cuyo objetivo es preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos y el proceso de liquidación judicial que persigue la liquidación pronta y ordenada, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor.
Por su parte, la ley 1564 de 2012 regula el mismo procedimiento para las personas naturales no comerciantes.
Estas son las normas que de manera sencilla y didáctica, entrega el profesor ÁLBARO BARRERO BUITRAGO, a nuestros lectores en la cuarta edición de su obra MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES, que EDICIONES DEL PROFESIONAL presenta con orgullo.
El Editor