Esta obra se ocupa de un tema que sin duda es de mucha actualidad, pero que el autor ha venido trabajando hace más de veinticinco años, y encierra tanto consideraciones político-criminales como dogmáticas en torno a la conducta peligrosa e imprudente en la sociedad del riesgo, donde sin duda podemos reconocer tanto su filiación dogmática como su orientación político-criminal.
Ahora que vivimos en una sociedad de riesgos se plantea la necesidad de que el derecho policial preventivo se rearme anticipando la defensa policial del peligro en el ámbito de los peligros potenciales y de los riesgos abstractos, justificándose todos los medios de intervención estatal, desde los medios de investigación encubierta hasta las escuchas en viviendas. Además, “el Estado se arroga en el derecho penal posibilidades de intervención ilimitadas de forma que, para los ciudadanos, la moderna legislación penal resulta absolutamente misteriosa”, pudiéndose caracterizar a la política criminal como una especie de contrailustración, por la erosión de sus principios, que no es sino expresión de la tendencia expansionista del derecho penal, que se manifiesta precisamente en la expansión de los tipos penales y de las punibilidades.
Delitos que tienen que ver con actividades como la industria, la elaboración de productos para el consumo, el tráfico rodado y otros medios de transporte, así como ciertas actividades en el ejercicio de algunas profesiones, entre otras, que generan riesgos, si bien de manera imprudencial, plantean la consideración de otros bienes jurídicos, como son los bienes supraindividuales, colectivos o comunitarios, así como la necesidad de anticipar su protección y la punibilidad de la conducta a la mera puesta en peligro de manera abstracta de dichos bienes jurídicos. Situación que, si bien persigue que la vida social se desenvuelva bajo ciertos presupuestos y se reduzca en lo posible los efectos dañinos o perjudiciales de tales actividades, sin duda lleva o puede llevar a una mayor expansión del derecho penal y a la inobservancia de ciertos principios básicos del derecho penal liberal. Por lo tanto, es indiscutible la necesidad de que tales actividades se sujeten a reglas o deberes de cuidado más estrictos.
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